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La Persona Standi In Iudicio En La Legislacion Eclesiastica


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Resumen del Libro

La import ancia del concepto de persona standi in iudicio deriva de dos hechos fundamentales. Segun el can. 1709 1 el juez o el tribunal, antes de admitir o rechazar una demanda, estan obligados a examinar si tienen competencia y si el actor posee la legitima persona standi in iudicio. La parte no puede ser admitida al juicio si cerece de ella, es, por consiguiente, un elemento o condicion indispensabile en la actividad procesal. A su vez, el can. 1892, 2 establece que una sentencia es insanablemente nula, si una de las partes no tiene persona standi in iudicio. Por lo tanto las consecuencias juridicas que dimanan de su existencia son importantisimas, pues de la misma depende no solo el principio del proceso, sino tanbien la validez de la sentencia. En el ano 1946 la Comision de Interpretes del C.I.C. dio una respuesta quel lamo poderosamente la atencion de los canonistas, suscitando en ellos no poca admiracion. La respuesta de la Comision se referia a la pregunta sobre la validez o numida de una sentencia en la cual habia sido actor una persona inhabil segun el can. 1971 1,1, specificamente, por carecer de persona standi in iudicio a tenor del can. 1892,2.


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